3. Asimismo se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los Procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos para cursar Bachillerato. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado Real Decreto que declara el estado de alarma o en su caso, las prórrogas del mismo. Dado que el centro permanecerá cerrado, no es posible la recepción de solicitudes de forma presencial, sin perjuicio de las que puedan presentarse de forma telemática.
4. Queda pospuesta cualquier actividad presencial en las empresas relacionadas con la Formación práctica en Centro de Trabajo FCT y la FP Dual hasta nuevo aviso. Sólo podrán llevarse a cabo aquellas que se desarrollen de forma telemática.
El regreso a la actividad ordinaria, queda supeditada a las recomendaciones de las autoridades sanitarias competentes.
Con respecto al funcionamiento de la actividad docente durante esta suspensión temporal presencial, la Consejería de Educación y Deporte ha remitido las siguientes instrucciones:
200313_Vice_susp_act_coronavirus
