INSTRUCCIONES para la SOLICITUD DE AYUDAS POR DESPLAZAMIENTO del alumnado que realiza el módulo de FCT

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Como ya seguramente sabes, la NORMATIVA HA CAMBIADO (http://portals.ced.junta-andalucia.es/educacion/portals/web/formacion-profesional-andaluza/docente/formacion-y-empresa/fct/ayudas-al-alumnado). Lo más destacable de toda esta nueva normativa y que debes tener bien en cuenta es:

  1. Plazo de presentación de solicitudes.

Entre el 1 y el 22 de junio de 2018. Tras la finalización de la FCT. Si durante el citado plazo se presentan varias solicitudes, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.

 

  1. Requisitos:

2.1. Distancia

Empresas situadas a más de 5 km del centro docente en el que se encuentra matriculado, prevista en la línea de subvención 1 de la Orden de 2 de marzo de 2017. Para aquellos alumnos y alumnas matriculados en enseñanzas de formación profesional en la modalidad a distancia, se considera como centro en el que está matriculado aquél en el que realizó las últimas pruebas presenciales.

2.2. Ingresos

Podrán solicitar las ayudas las alumnas y los alumnos que cumplan los requisitos del apartado 4.a).2.º de la Orden de 2 de marzo de 2017. Es decir:

“No poseer rentas superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples» (IPREM) anual, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, correspondiente al año natural en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.”

Importante: Se entiende por unidad familiar en este caso, la unidad familiar “fiscal”, es decir, todos aquellos miembros mayores de 16 años a 31 de diciembre de 2016 y que aparezcan en la Declaración de la Renta del/la solicitante del ejercicio del 2016.

 

  1. Solicitudes y lugar de presentación.

La solicitud de ayuda se deberá cumplimentar mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/

El profesorado responsable del seguimiento del alumno/a te asesorará y verificará tus solicitudes, y los documentos de acreditación de asistencia a la empresa, resolviendo las incidencias que se te puedan plantear.

Importante: Generación de la clave ICAT

Previamente a la cumplimentación de dicha solicitud en la Secretaría Virtual, el alumnado podrá solicitar en su centro educativo la generación de una clave ICAT (Anexo II, de aplicación en procedimientos en que se requiere información de carácter tributario), con la que podrá firmar digitalmente el formulario de solicitud de ayuda en la Secretaría Virtual, dándose por finalizada la presentación de la solicitud con este trámite.

Nota.- Si no pudieras generar la clave ICAT, solicita la ayuda de tu tutor/a docente. Si aun así, no puedes generarla por el motivo que sea, puedes optar por:  “una vez cumplimentada la solicitud de ayuda en la Secretaría Virtual, deberás imprimirla y presentarla, preferentemente en la secretaria del centro docente en el que está matriculado, junto con el Anexo I bis de la Orden de 2 de marzo de 2017, una vez recabada la firma de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años a fecha del ejercicio fiscal del IRPF inmediatamente anterior con plazo de presentación vencido a la fecha de finalización del periodo de presentación de la solicitud” (esto es: 16 años cumplidos en el 2.016)

 

  1. Grabación de solicitudes y recogida de documentación.

Una vez grabada tu solicitud debes entregar a tu tutor/a responsable del seguimiento en tu empresa la siguiente documentación:

Los anexos I y I bis de su solicitud los genera la propia Secretaría virtual tras la formalización de ésta.

Debes tener previamente cumplimentado como documento acreditativo de asistencia el “Modelo de acreditación de asistencia a la empresa FCT” que puedes descargarte en el siguiente enlace: https://drive.google.com/open?id=1tiKcuyubIiezcsUCLv0zwBurKZ7PGs_C y que deberás rellenar antes de ser firmado y sellado!! por tu tutor/a laboral. Este documento debe cumplimentarlo también el alumnado que ha realizado la FCT en el primer y segundo trimestre. Este documento debe ser escaneado en pdf!!

 

  1. Resolución de las Ayudas.

Se establece como fecha para la publicación de la Resolución provisional de las ayudas el 14 de septiembre en la web de la Consejería de Educación. El pago se hará de forma automática a las cuentas corrientes de los beneficiarios.

 

En la web de la Consejería de Educación se encuentra publicada la información general, relación de la normativa, procedimiento y preguntas frecuentas correspondiente a estas Ayudas al alumnado de Formación en Centros de Trabajo.

 

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