INSTRUCCIONES para la SOLICITUD DE AYUDAS POR DESPLAZAMIENTO del alumnado que realiza presencialmente el módulo de FCT y FP Dual Curso 2019-20.
Las ayudas en la FP Dual cuentan con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
La información proporcionada por la consejería de Educación está disponible en en este enlace. Lo más destacable de toda esta normativa y que debes tener bien en cuenta si desarrollas presencialmente la FCT en el presente curso 2019-20:
- Nada más finalizar tu FCT debes cumplimentar el Documento de Acreditación de Asistencia en la empresa cuyo contenido debe corresponderse con lo reflejado en las hojas de seguimiento (del librito verde de seguimiento de tu FCT o en el aula virtual para los que la realizan fuera de la provincia de Sevilla) en cuanto al número de jornadas realizadas (siempre y cuando se superen el 80% del total de horas correspondientes de cada ciclo). Este documento firmado y sellado EN LAS DOS HOJAS!! por tu tutor/a laboral debes entregárselo a tu profesor/a del centro que realiza tu seguimiento de la FCT (si realizas la FCT fuera de la provincia de Sevilla lo enviarás escaneado a tu profesor/a y por correo ordinario).
- A continuación el/la profesor/a encargado/a del seguimiento, deberá contrastar que lo indicado en dicho Modelo se corresponde con lo registrado en las hojas de seguimiento del libro de la FCT, especialmente en cuanto al número de jornadas realizadas, y firmarlo también.
- Finalmente, el alumnado custodiará este documento y lo adjuntará a su solicitud de ayuda que debe cumplimentar durante el mes de junio en la Secretaría virtual de la Consejería de Educación. Y según el caso:
- Si entregas la solicitud con clave iCAT, debes escanear el Modelo de Acreditación de Asistencia y adjuntarlo en pdf y, tras su registro final en esta Secretaría virtual, enviar sólo original de dicho modelo a la Secretaría del centro (en persona o por carta).
- Si lo hace sin clave iCAT, una vez impresa tu solicitud cumplimentada y ¡¡firmada por todos los miembros de la unidad familiar!! , la entregarás presencialmente en formato papel en la secretaría del IES Politécnico, adjuntar el original de este Modelo junto con la solicitud.
- Plazo de presentación de solicitudes: del 25 de junio al 1 de julio para este curso 2019-20.
- Cumplimentación de las solicitudes. Todas se rellenan en la web de la Secretaría Virtual de la Consej. Educación.
- Lugar de presentación.
- Si posees clave iCAT, puedes firmarla en la propia Secretaría Virtual de la Consej. Educación, pero el Documento de Acreditación de Asistencia en la empresa debes entregarlo en la Secretaría del Instituto (presencial o por correo ordinario).
- Si NO posees clave iCAT, al terminar de rellenar la solicitud deberás imprimirla con copia de resguardo de entrega y presentarla junto con el Documento de Acreditación de Asistencia anterior en la Secretaría del Instituto.
PROCESO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1. Requisitos:
1.1. Distancia
La Empresa/Entidad debe estar situada a más de 5 km del centro docente en el que se encuentra matriculado, prevista en la línea de subvención 1 de la Orden de 2 de marzo de 2017. Para aquellos alumnos y alumnas matriculados en enseñanzas de formación profesional en la modalidad a distancia, se considera como centro en el que está matriculado aquél en el que realiza las pruebas presenciales.
1.2. Ingresos
Podrán solicitar las ayudas las alumnas y los alumnos que cumplan los requisitos del apartado 4.a).2.º de la Orden de 2 de marzo de 2017. Es decir:
“No poseer rentas superiores al setenta y cinco por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples» (IPREM) anual http://www.iprem.com.es/, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, correspondiente al año natural en que se realice la convocatoria. Se entenderá cumplido este requisito siempre que la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros que la componen, incluida la persona solicitante, no supere el 75 por ciento del IPREM. A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales y las rentas mínimas de inserción.”
2. Solicitudes y lugar de presentación.
Son 3 los documentos a entregar:
(1) “Anexo I“, la solicitud en sí misma, firmada por la persona solicitante.
(2) “Anexo I bis“, autorización para cruce de datos con Hacienda (autorización para verificación de información de carácter tributario de los miembros de la unidad familiar, por lo que deberá estar firmada por todos sus miembros, salvo que poseas ya la clave iCAT).
Nota.- Estos dos Anexos no son necesarios entregar físicamente si se firman mediante clave iCAT en la misma secretaría virtual.
(3) “Modelo de Acreditación de Asistencia a la empresa FCT” que se firma y sella por la empresa al finalizar la FCT.
La solicitud de ayuda se deberá cumplimentar mediante el formulario electrónico que se encontrará disponible a partir del día 1 de junio en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación
El profesorado responsable del seguimiento del alumno/a en la FCT te asesorará y verificará tus solicitudes, y te comprobará el Documento de Acreditación de Asitencia a la empresa resolviendo las incidencias que se te puedan plantear.
Importante: Generación de la clave iCAT
Previamente a la cumplimentación de dicha solicitud en la Secretaría Virtual, es conveniente que rellenes en ésta la solicitud de esta clave, la imprimas y firmes para entregarla en un centro público educativo. Con esta clave podrás firmar digitalmente el formulario de tu solicitud de ayuda en la Secretaría Virtual y otros trámites como solicitudes de becas, etc.
Nota.- Si no pudieras generar o no tuvieras la clave ICAT, solicita la ayuda de tu tutor/a docente. Si aun así, no puedes generarla por el motivo que sea, puedes optar por cumplimentar el Anexo I de de la Orden de 2 de marzo de 2017 de la solicitud de ayuda que se encuentra en la Secretaría Virtual ; deberás imprimirla y presentarla, preferentemente, en la secretaria del centro en el que estás matriculado, junto con el Anexo I bis , una vez recabada la firma de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años a fecha del ejercicio fiscal del IRPF inmediatamente anterior con plazo de presentación vencido a la fecha de finalización del periodo de presentación de la solicitud”, además del citado “Documento de acreditación de asistencia a la empresa FCT” firmado y sellado EN TODAS SUS HOJAS por el/la tutor/a laboral que se indica en el apartado siguiente.
3. Resolución de las Ayudas.
Si eres alumno/a solicitante de esta ayuda en el curso 2019-20, la consulta individualizada podrás realizarla en la Secretaría Virtual una vez publicadas; normalmente, es en el mes de septiembre.
El plazo de alegaciones es de diez días hábiles cumplimentando el impreso en la misma Secretaría Virtual y entregando por clave ICAT o presencialmente en la secretaría de nuestro centro.
Para cualquier aclaración, puedes dirigirte a Vicedirección directamente en el centro o mediante correo electrónico: vicedireccion@iespolitecnico.es
Normativa.-
La normativa que rige todo el proceso se rige por:
- la Orden de 2 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas por desplazamiento alas empresas (http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2017/71/BOJA17-071-00051-6313-01_00111622.pdf) establece que el alumnado solicitará dicha ayuda a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/),
- las Instrucciones elaboradas por la Consejería de Educación para la aplicación de la Orden 2 de marzo 2017 (http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/abaco-portlet/content/cc4c8bf6-506b-45a0-8fa8-8a365ef98e17).
La Orden de 2 de marzo de 2017, se ajusta a las bases reguladoras tipo aprobadas por Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.